viernes, 21 de junio de 2024

5. MODIFICACIÓN DE LA CONOCIDA COMO TASA DE BASURAS EN TORRE PACHECO APROBADA INICIALMENTE Y EN PERIODO DE EXPOSICIÓN PÚBLICA


 La tasa de basuras y la capacidad económica.

    En primer lugar diremos que la normativa reguladora de las tasas (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales), en su artículo 24.4 permite tener en cuenta criterios genéricos de capacidad económica de los sujetos obligados a satisfacerlas.

   En virtud de lo cual, la tasa de basuras del Ayuntamiento de Torre Pacheco, ha incluido una serie de requisitos para que los pensionistas pasen a soportar una tarifa especial de la tasa, que son:
  • A) Requisitos personales: 
    • Ser pensionista por cualquier de los regímenes actualmente vigentes. 
    • Estar empadronado al menos 2 años en el Término Municipal. 
  • B) Requisitos económicos: 
    • No percibir más ingresos que los derivados de la pensión: 
      • En el caso de vivir sólo, sin familiares a su cargo, no percibir cantidad superior al    salario mínimo interprofesional. 
      • Si se convive únicamente con el cónyuge, y con familiares a su cargo, no excederá la cantidad total de ingresos familiares de una mensualidad y media del S.M.I. 
      • En ambos supuestos, la referencia al S.M.I. se entenderá actualizada automáticamente, según el aprobado cada año por el Ministerio de Trabajo. 
    • No poseer fincas urbanas, o rústicas, a excepción de la vivienda habitual. 
   La citada tarifa especial podrá hacerse extensiva, previo informe del Asistente Social, a aquellas personas que aun sin ser pensionistas cumplan con los requisitos económicos establecidos en el apartado B. anterior.

   Siendo la actual tasa de basura por vivienda de 28,50 € (por vivienda en complejo residencial de 38,00 €), la tarifa pensionista es de 4,35 € por vivienda.

¿Cambiaría algo con la nueva tasa de basuras? Sigue el hilo en nuestra próxima entrada
 
 

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