jueves, 20 de junio de 2024

3. MODIFICACIÓN DE LA CONOCIDA COMO TASA DE BASURAS EN TORRE PACHECO APROBADA INICIALMENTE Y EN PERIODO DE EXPOSICIÓN PÚBLICA


 ¿Cuánto ingresa actualmente el Ayuntamiento por la tasa de basuras?

   En el Informe Técnico-Económico se detalla el número de Unidades Fiscales que contribuirían con la tasa, según se trate de vivienda o local de negocio, el tipo de actividad que se realice en este, o de contribuyentes con tarifas especiales (pensionistas, locales cerrados, vivienda en residencial), como se muestra en la siguiente tabla de reelaboración propia, en la que se ha recalculado la recaudación trimestral y anual prevista de la tasa por la tarifa de Tratamiento y la tarifa de Recogida.






















   Supuesto que el número de Unidades Fiscales no hayan variado significativamente entre 2014 y 2022/23/24, se habrían estado recaudando por el Ayuntamiento todos estos años mediante la "Tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos" unos 2.683.532,20 €, de conformidad con la tasa vigente.
 
   Según datos del Ministerio de Hacienda, en el siguiente cuadro de elaboración propia, se recoge información sobre el coste efectivo del servicio de recogida de residuos prestado por el Ayuntamiento de Torre Pacheco entre 2014 y 2022, además de otros datos cuantitativos de interés como la producción anual de residuos urbanos en toneladas, el número de contenedores dispuestos, la periodicidad del servicio y el kilometraje lineal del trayecto de recogida.

   

   Como se puede ver, el coste ha oscilado en el periodo considerado, desde los 2.599.147,71 € del 2014 y los 2.025.836,32 € de 2022, con la excepción de 2015, en que el coste informado es de 1.652.221,62 €. No tenemos más información para justificar esta desviación tan significativa en 2015.

   Ahora bien, ¿se incluye en este coste efectivo del servicio, el coste de tratamiento en planta por la fracción resto, envases ligeros o voluminosos que pretende ahora incluirse en la tarifa Tratamiento de la tasa?

   - Si fuera así, el coste del tratamiento considerado dentro del importe del coste efectivo del servicio de recogida rondaría los 513.370,14 € /año, tomando para su cálculo el canon por tonelada más bajo del periodo 2014-2022, que habría estado considerando el Consorcio de Residuos de la Región de Murcia (COREM), esto es 31,22 € / Ton. y el promedio de Toneladas pesadas en Vertedero en el periodo de aplicación de este canon, esto es 16.443,64 Ton. para el periodo 2019-2021, en cuyo caso, ¿no debería recalcularse la Tarifa Recogida para ajustar lo que se habrá de recaudar con la misma al coste previsible del servicio de recogida sin el tratamiento? Ya habría estado resultando excedentario de por sí los últimos años, si se le descuenta el importe del coste del tratamiento, resultaría aún más excedentario, por algo más de un millón de euros.

- Si no fuera así, ¿es aceptable que la Tarifa Recogida resulte excedentaria en un importe aproximado de 500.000 € y que se modifique la Ordenanza para incluir una actividad novedosa en cuanto al literal del hecho imponible, para obtener una recaudación conjunta de la tasa que superaría en aproximadamente medio millón de euros el coste del servicio?

   Visto lo cual y, a falta de conocer si la nueva tarifa de la tasa es admisible en términos cuantitativos, por lo que pudiera afectar a hacer que la tasa en su conjunto supere el coste efectivo previsible del servicio de recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos, en el siguiente hilo veremos el para qué de esta tasa según la no tan nueva Ley 7/2022.

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