viernes, 5 de agosto de 2022

REGLAMENTO REGULADOR DE LA LIMPIEZA VIARIA Y GESTIÓN DE RESIDUOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORRE PACHECO. Una propuesta a valorar - 7

 


Se tipificaría expresamente, en la nueva ordenanza, la gestión de este residuo, con las siguientes consideraciones:
- Con carácter general se establecería que la retirada de este residuo de jardines, huertos o análogos de propiedades privadas serán a cargo de la propiedad.
- Se establece un servicio gratuito de recogida y entrega en el ecoparque, exclusivamente para aquellos procedentes de núcleos urbanos, en la cantidad de 1 metro cúbico por vivienda y año, presentados en sacas de obra.

¿Cómo se regula en otros sitios?


Alcobendas establece en su Reglamento dependiendo de la materia vegetal de que se trate un máximo de 100 litros diarios o 200 cada dos días, en el caso de viviendas unifamiliares, sin límite anual.

San Cristobal de Segovia establece un límite diario de 100 litros o haces de hasta 30 Kg de no más de un metro de longitud, contra el pago de una tasa de 2 € por servicio.

y otros no lo tienen regulado, como tampoco lo tenía Torre Pacheco y presta el servicio como sigue:

Elche presta un servicio con límite diario de 1.000 litros (1m3) por petición, sin límite anual.


Son distintas opciones, de servicio gratuito, de servicio tasado, con límites diarios o por servicio. 

¿Consideras que es adecuada la recogida domiciliaria de 1 metro cúbico por vivienda y año?

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