Finalmente, dedicaremos nuestra última publicación, a dos artículos de la propuesta de reglamento, que suponen un paso adelante en la toma de conciencia tanto de la necesaria reducción de residuos alimentarios como de la reducción del consumo de envases, su reutilización y reciclaje, así como a un tercero, el artículo 32, que probablemente llame la atención por la obligación que incluye.
Se trata de los artículos 26 y 61.
Artículo 26. Reducción
de residuos alimentarios
1. El Ayuntamiento de Torre Pacheco establecerá medidas para favorecer la reducción de los residuos alimentarios, en su caso, en colaboración con los establecimientos de restauración y distribución de alimentos, y teniendo en cuenta lo establecido en los programas estatal y autonómico.
2. En lo que respecta a la reducción del residuo alimentario en las empresas de distribución alimentaria y de restauración, el Ayuntamiento de Torre Pacheco establecerá bonificaciones en las tasas o en su caso, en las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario que graven la prestación de dichos servicios de recogida.
3. El Ayuntamiento de Torre Pacheco llevará a cabo campañas divulgativas y de promoción para fomentar el consumo responsable de alimentos y promover la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario, así como elaborar de guías de buenas prácticas encaminadas a mejorar la gestión alimentaria
Artículo 61. Obligaciones de los comerciantes y distribuidores de
productos envasados
1. Los comerciantes y distribuidores de productos envasados deberán separar por materiales los residuos de envases que queden en su posesión, tras el consumo de los productos, y entregarlos a gestores autorizados o, en su caso, al Ayuntamiento de Torre Pacheco.
2. Los comercios adoptarán las medidas necesarias para informar a sus clientes de las repercusiones ecológicas y de las obligaciones de gestión de los residuos de los envases de los productos que adquieran, siempre que dispongan de la superficie útil para la exposición y venta al público que en cada momento determine la normativa aplicable. En particular, informarán sobre las obligaciones del consumidor en lo referente a la devolución de los envases reutilizables y a la separación de los residuos de envases en los distintos contenedores.
Artículo 32. Emplazamiento y traslado de contenedores
1. ...
2. ...
3. En caso de insuficiencia o deterioro de los contenedores, los usuarios y ciudadanos en general deberán poner esta circunstancia en conocimiento del Ayuntamiento, a efectos de su sustitución, renovación o implementación.
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