sábado, 8 de junio de 2024

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS 27-6-2024










Convocamos a nuestros socios a la celebración de asamblea general ordinaria en la que se rendirán cuentas y presentará para su aprobación la memoria anual de 2023, como punto más destacado del orden del día.

         Para acceder al acta de la sesión anterior de fecha 19-12-23, pincha en el ENLACE

La memoria y las cuentas que se someterán a aprobación, estarán disponibles desde el siguiente enlace MEMORIA Y CUENTAS

La modificación presupuestaria que se propone, PUNTO 3º DEL ORDEN DEL DÍA, consiste en eximir a todos los socios del pago de la cuota anual de 2024.

Si de conformidad con nuestros Estatutos deseas incluir algún otro punto para su votación, podrás hacerlo rellenando el formulario a que lleva el enlace PUNTO 4º DEL ORDEN DEL DÍA hasta el día 22 de Junio de 2024.

Como punto 5º del orden del día, comentaremos los escritos presentados al ayuntamiento de Torre Pacheco sobre la actividad realizada durante el primer trimestre de este año por lo grupos de trabajo de Whatsapp Línea Verde, Dolores + Limpio y Boletín la Ermita Nueva. Los boletines y especiales La Ermita Nueva puedes recuperarlos en nuestros canales de Whatsapp y Telegram. (Pinchando en los enlaces podrás acceder a los escritos y canales)

Como punto 6º del orden del día informaremos de la modificación de la conocida como tasa de basuras, en fase de exposición pública previa a su aprobación definitiva, que podría suponer sumar una nueva tarifa al importe global a pagar bajo la denominación de "Tratamiento" por importe de 17 €/Trim.por vivienda. Toda la documentación disponible en www.torrepacheco.es/sede electronica/Tablón de anuncios y edictos electrónicos.

Y previo a Ruegos y Preguntas, en el punto 7º informaremos sobre la reivindicación de la restitución del tren Cartagena - Torre Pacheco - Balsicas/Mar Menor - Madrid y, aprobación si procede de la adhesión de nuestra asociación a la misma. Para ampliar información pincha en Despierta Cartagena

Para cualquier duda o consulta, estamos disponibles por mensajería de facebook o por correo electrónico a aavvdp@gmail.com

En caso de que no seas socio, visita la pestaña ¡HAZTE SOCIO! de nuestro blog y, si quieres formar parte de la asociación, puedes hacerte socio rellenando el formulario de afiliación pinchando en el siguiente ENLACE

¡NOS VEMOS EL DÍA DE LA ASAMBLEA! Y A QUIEN NO PUEDA ASISTIR, FELIZ VERANO

viernes, 7 de junio de 2024

POR LA RESTITUCIÓN DEL TREN CARTAGENA - MADRID POR CAMARILLAS


    El día 6 manteníamos una reunión con dos representantes de la iniciativa ciudadana que promueven las asociaciones culturales Despierta Cartagena y Asociación Cartaginense con el apoyo de la Federación de Asociaciones Vecinales de Cartagena y Comarca (FAVCAC) reivindicando el restablecimiento de la línea Cartagena - Madrid por Camarillas, entre otras reivindicaciones.

En 2019 se ponía en marcha la variante de Camarillas entre Cieza y Hellín que acortaba el viaje de Cartagena - Torre Pacheco - Balsicas - Murcia - Madrid en unos 20 minutos, reduciendo el tiempo del viaje entre Cartagena y Madrid a 3 horas y 15 minutos.

Desde el 1 de febrero de 2022 y, por las obras del AVE, RENFE viene ofreciendo una alternativa en autobús Cartagena - Torre Pacheco - Balsicas - Murcia - Archena - Cieza - Hellín y, recientemente ha sacado a licitación con número de expediente 2023-06636 y adjudicado un nuevo contrato de servicio de transporte alternativo que alargaría esta modalidad de servicio en autobús hasta el 14-3-2026, siendo el compromiso inicial de ADIF la restitución del servicio en febrero de 2024.

Sus demandas son:

* La conexión de AVE entre Cartagena y Murcia. 

* El baipás de Beniel. 

* El restablecimiento completo de la línea histórica Cartagena-Madrid por Chinchilla.

Se teme el abandono de la línea Cartagena-Madrid por la variante de Camarillas para el transporte de viajeros, dejando únicamente el servicio de AVE, que no aporta gran valor en tiempo de traslado a Madrid y, sí en cambio, desaparición de estaciones intermedias, además de un más que probable encarecimiento del billete.

A tal efecto han solicitado documentación del estado actual de todas estas demandas de conformidad con el Derecho al Acceso a la Información y, pretenden ir informando a todas las personas o colectivos que se vayan sumando a la reivindicación de los avances que se vayan produciendo en cuanto a información obtenida.

¿Tú qué opinas? Se está realizando una recogida de firmas al efecto ¿Apoyas la iniciativa?


martes, 4 de junio de 2024

MASCOTAS Y SUS EXCREMENTOS: CUIDA DE NUESTROS PARQUES Y JARDINES

    El Ayuntamiento de Torre Pacheco, su concejalía de Parques y Jardines y STV, disponen nueva cartelería en Pza. Mariano Lucy de Dolores de Pacheco. 

Invitando al cuidado de las mascotas y de nuestros parques y jardines, cuatro son las obligaciones que recuerda el cartel:

1)  Donde lo haga ¡Recoge sus excrementos!

2) Llevar siempre atada e identificada a tu mascota

3) Mantener fuera de las zonas ajardinadas a tu mascota

4) Si se trata de un perro potencialmente peligroso ha de ir siempre con bozal.

Finalmente, un aviso cierra el cartel recordando que el incumplimiento de la ordenanza municipal será sancionado con multas de 300.016 a 1.750.006

Pero … ¿dónde se recogen estas obligaciones?

En nuestro municipio, se aprobó definitivamente en 2023 el Reglamento de Limpieza Municipal y Gestión de Residuos, que en su artículo 16 regula la presencia de animales en las vías y espacios públicos estableciendo que:

1. Los propietarios y/o portadores de animales, cuando estos circulen por la vía o espacio público, son directamente responsables de la suciedad que puedan ocasionar. En concreto:

b.      Deberán de forma inmediata, retirar y recoger las deposiciones de la vía pública, en una bolsa que, una vez cerrada, se depositará en las papeleras o, dentro del horario pertinente en los contenedores, debiendo, igualmente, proceder a la limpieza de la zona que hubiesen ensuciado. ….


    En 2013 también se aprobó definitivamente la Ordenanza Municipal de Animales de Compañía, que en sus artículos 10 y 19 regulan lo referente a la obligación de identificar a la especie canina,  de conducir a los perros mediante collar y correa o cadena, de llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal, aquellos catalogados como potencialmente peligrosos y, de 
recoger inmediatamente los excrementos que se depositen en la vía pública.

¿Dónde se regula entonces la obligación de mantener fuera de las zonas ajardinadas a tu mascota?

Salvo mejor opinión, que con gusto reflejaremos en próximas entradas en nuestro blog, será el REGLAMENTO DE MANTENIMIENTO Y SOSTENIBILIDAD DEL PATRIMONIO VERDE MUNICIPAL el que pueda regular esta cuestión. Actualmente en periodo de exposición pública, tras su aprobación inicial, en su artículo 13 pretende regular la protección de animales y su tenencia en parques, jardines y zonas verdes, prohibiendo:

b) Espantar o inquietar palomas, pájaros, patos o cualquier otra especie de animal, o tolerar que los persigan o inquieten perros u otros animales.

f) Permitir que perros y otros animales circulen por las zonas de uso infantil de los parques y jardines.

i) Llevar animales sueltos permitiéndoles el acceso a zonas arbustivas o de césped, así como introducir animales con fines de pastoreo

NO vendría, salvo mejor opinión, a establecer en su redacción provisional, la obligación de mantener fuera de las zonas ajardinadas a las mascotas. SI fuera de las zonas de uso infantil de los parques y jardines y, de zonas arbustivas o de césped, de llevar el animal suelto (¿?).

¿Crees que debiera incluirse esta obligación en esta u otras regulaciones?

Visita nuestra entrada del 15 de mayo y, envíanos tu propuesta pinchando en la imagen de cabecera de esta entrada.

¿Y qué hay del régimen sancionador?

Según el Reglamento de Limpieza y Gestión de Residuos, tratándose de una infracción en materia de limpieza le sería de aplicación el régimen de sanciones de la Legislación General aplicable.

Según la Ordenanza Municipal de Animales de Compañía, infringir las obligaciones 1, 2 y 4 del cartel, tendrían la consideración de infracciones graves, sancionables con multa de 300,01 € a 1.750 €

Y, según el REGLAMENTO DE MANTENIMIENTO Y SOSTENIBILIDAD DEL PATRIMONIO VERDE MUNICIPAL, pendiente de aprobación definitiva al día de la fecha, y únicamente por lo que referiría a zonas de uso infantil de los parques y jardines, o las zonas arbustivas o de césped llevando el animal suelto (¿?), tendría la consideración de infracción leve, sancionable con multa de 0 a 750 €.

¡POR UN DOLORES + LIMPIO RECOGE LOS EXCREMENTOS DE TU MASCOTA!

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