Señalamos a continuación algunas de las 14 infracciones tipificadas como leves, 18 graves y 10 muy graves, así como las sanciones que se podrían llegar a imponer, además del resarcimiento del daño causado.
Artículo 46. Infracciones leves
m) No adoptar las medidas de seguridad necesarias para la
protección y mantenimiento de elementos vegetales durante las obras, en la
forma establecida en el Título IV de este Reglamento, así como la adopción de
medidas incorrectas, cuando ello no suponga un daño grave para el arbolado. El número de árboles afectados determinará el número de
infracciones
Artículo 47. Infracciones graves
g) Deteriorar cualquiera de los elementos vegetales,
árboles, plantas, pradera de césped o praderas naturales mediante acciones como
podar, grabar o arrancar cortezas de los árboles; sujetar
cables, columpios, escaleras y herramientas en los mismos, repercuta o no la actuación en el estado fisiológico y el
valor del árbol. El número de árboles afectados
determinará el número de infracciones.
j) No colocar carteles de aviso durante
el periodo de seguridad posterior a la aplicación de un producto fitosanitario
ñ) Conducir y/o amparar la estancia de animales domésticos o
domesticados en las zonas de parques y jardines no
habilitados para ellos.
o) Conducir perros sin correa,
salvo en las zonas debidamente acotadas para ellos.
Artículo 48. Infracciones muy graves
h) Podar excesivamente las palmeras y la utilización de medios de trepa que produzcan daños en los troncos de las mismas.
Artículo 49. Cuantía de las sanciones. Indemnización.
Orden de reposición
a) Las leves con multas de hasta 750 euros.
b) Las graves con multas de 751 euros hasta 1.500 euros.
c) Las muy graves con multas de 1.501 euros hasta 3.000
euros
3. En todo caso, los daños causados en bienes de dominio
público deberán ser resarcidos en la forma prevista en el artículo 90.4 de la
Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Publicas
Finalizamos con esta publicación un análisis del Reglamento de Parques y Jardines que será tramitado en Pleno de la Corporación Municipal.
¿Se te ocurre alguna sugerencia que realizar para ser tomada en consideración por el Pleno? Haznos llegar tu sugerencia a través del formulario accesible pinchando en la imagen o a través de nuestras redes sociales.
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